Casación No. 23-2014

Sentencia del 07/10/2014

"... Al hacer el análisis correspondiente, esta Cámara advierte la deficiencia de planteamiento en el que incurre la entidad casacionista, ya que si considera que los artículos antes citados no eran aptos para resolver la litis, y que por lo mismo no debieron ser aplicados por la Sala sentenciadora, resulta ilógico que alegue interpretación errónea de los mismos dada su falta de idoneidad para dilucidar la controversia. Aunado a lo anterior, se establece que la denuncia adolece de congruencia, pues invoca dos submotivos de diferente naturaleza para los mismo artículos, lo cual imposibilita incursionar en el estudio de rigor. La inobservancia de estos aspectos impone la desestimación del presente recurso..."